miércoles, mayo 1

El proyecto oficial de Ganancias entró al Congreso: quiénes volverían a pagar y cómo son las escalas

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El Poder Ejecutivo envió la propuesta de la nueva Ley de Ingresos Personas, que reinstaura la cuarta categoría y efectúa cambios en las cuotas y escalas del Monotributo. Uno por uno los puntos que se modifican para los empleados en relación de dependencia.

El Gobierno envió este martes a la medianoche el proyecto de ley de Ingresos Personales al Congreso para restituir el Impuesto a las Ganancias a trabajadores en relación de dependencia. La iniciativa contempla que pagarán el tributo los solteros que perciban una remuneración bruta mensual mayor a $1.250.000, y los casados, con dos hijos y cónyuge a cargo, con salarios brutos por sobre los $1.815.000.

Según dijo a TN el tributarista César Litvin, esos montos brutos representan un sueldo neto de $1.141.000 en el caso de los solteros y de $1.507.887 para los casados.

La iniciativa, explicó el especialista, establece a esos montos como “mínimo no imponible y no piso”, por lo que las alícuotas comenzarán en 5% en vez de 35% como era antes de que se eliminara Ganancias para la cuarta categoría.

Además, la actualización del mínimo no imponible será trimestral. Eso significa explicó Litvin, que en la medida que la inflación siga a un ritmo acelerado y los aumentos salariales se actualicen para reducir la pérdida de poder de compra, todos los meses aumentará la base de personas alcanzadas por Ganancias, que ahora se llamará Impuesto a los Ingresos Personales.

En ese sentido, el proyecto fija actualizaciones el 1 de enero, 1 de abril, el 1° de julio y el 1° de octubre de cada año, a partir del 1° de abril del año fiscal 2024, inclusive, por el coeficiente que surja de la variación contra el trimestre previo del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC.

También establece que el medio aguinaldo o sueldo anual complementario (SAC) que se cobre en junio de 2024 no tributará Ganancias cuando “la remuneración bruta y /o haber bruto no supere los $1.250.000. “Ese monto deberá ajustarse por semestres calendarios, con efectos a partir del segundo semestre de 2024, inclusive, utilizando el coeficiente de variación por IPC.

La modificación que el Gobierno envió al Congreso incluye la actualización de las deducciones por cónyuge, hijos, entre otras, que estaban desactualizadas desde hace años. En ese sentido, esa tabla de deducciones se actualizará de manera anual con el ajuste por IPC de cada octubre.

Sobre las deducciones por año fiscal, el proyecto oficial establece ganancias no imponibles por $2.360.829

Cargas de familia:

  • $2.200.918 por el cónyuge.
  • $1.109.931 por cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 18 años o incapacitado para el trabajo. La deducción de este inciso sólo podrá efectuarla el pariente más cercano que tenga ganancias imponibles.

Además, el proyecto establece que el Poder Ejecutivo nacional podrá incrementar, durante el período fiscal 2024, los importes previstos del mínimo no imponible y la excepción del aguinaldo.

La justificación del Gobierno para volver a cobrar Ganancias a trabajadores

En un mensaje al Congreso, el Gobierno justificó la marcha atrás en Ganancias en la situación económica actual que obliga al Estado nacional a balancear sus cuentas fiscales, debiendo para ello apoyarse en 2 pilares fundamentales: la reducción de gasto público y la recaudación impositiva.

“El proyecto que se remite tiene por finalidad recomponer los ingresos fiscales eliminados entre agosto y diciembre de 2023, específicamente en lo referido al Impuesto a los Ingresos Personales (cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias). No cabe duda de que Ganancias es el tributo de mayor progresividad del entramado fiscal argentino, ya que toma como base para su determinación las ganancias netas que todo contribuyente obtiene, por oposición a otros tributos que, de manera regresiva, imponen cargas fiscales homogéneas a distintos contribuyentes sin tomar en cuenta su situación particular”, se remarcó.

Y se completó en que el proyecto busca “restablecer el equilibrio dentro del esquema de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, contando con un Capítulo referido al “Impuesto a los Ingresos Personales” que abarca a aquellos sujetos que evidencian una capacidad contributiva suficiente para ser alcanzados por el tributo, respetando siempre la progresividad que es el principio rector de la norma. La tributación sobre este tipo de rentas es un elemento clave de la recaudación fiscal”.

Impuesto a las Ganancias 2024: cómo serán las nuevas escalas

Una vez que se realicen todas las deducciones, como cargas familiares, como se elimina el concepto de piso y se aplica el de mínimo no imponible, las escalas quedarán de la siguiente manera y corresponderá solamente sobre la ganancia acumulada (diferencia entre el salario bruto tras deducciones y el mínimo no imponible) y no sobre el total del salario:

  • Una ganancia acumulada de $908.587,88, pagará el 5%.
  • Una ganancia acumulada de $908.587,88 a $1.817.175,81, pagará el 9%.
  • Una ganancia acumulada de $1.817.175,81 a $2.725.763,68, pagará el 12%.
  • Una ganancia acumulada de $2.725.763,68 a $3.634.351,67, pagará el 15%.
  • Una ganancia acumulada de $3.634.351,67 a $5.451.527,37, pagará el 19%.
  • Una ganancia acumulada de $5.451.527,37 a $7.268.703,12, pagará el 23%.
  • Una ganancia acumulada de $7.268.703,12 a $10.903.054,63, pagará el 27%.
  • Una ganancia acumulada de $10.903.054,63 a $14.537.406,50, pagará el 31%.
  • Una ganancia acumulada superior a $14.537.406,50, pagará el 35%.

Litvin destacó que también se incorporan conceptos de otros dictámenes, como el bono de productividad y el fallo de caja, con una exención por hasta $944.000 al año.

“Lo cuestionable es que los autónomos no fueron equiparados a los asalariados, y no hay por qué considerar que el autónomo no es trabajador”, consideró.