sábado, mayo 4

Endeudados: el 80% de pedidos de quiebra son individuales

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En lo que va del año hubo más de 90 expedientes iniciados en la Justicia. Ayer se falló a favor de un hombre que tenía descuentos por deuda con un banco.

Endeudados: el 80% de pedidos de quiebra son individuales

A la Justicia llegan más pedidos de quiebras de personas que de empresas.

La crisis económica se refleja en la situación judicial de muchas personas. En la actualidad el 80 por ciento de los pedidos de quiebra son individuales. Son personas que llegan a esa instancia, acuciadas por las deudas que no pueden hacer frente.

Fuentes del Poder Judicial remarcaron que las quiebras individuales van ganando terreno fuerte por sobre las de las empresas. Hasta el 30 de septiembre, en el Distrito Centro, que incluye a Capital y localidades vecinas, hubo 92 causas ingresadas por quiebras individuales. Es decir que son unas diez personas por mes que terminan en esta situación.

Ayer, por caso, la Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial hizo lugar a una apelación revocando la sentencia de primera instancia que rechazó el pedido de quiebra de un hombre acuciado por las deudas.

En primera instancia el planteo fue rechazado señalando que el hombre no había incurrido en incumplimientos de las obligaciones asumidas. La apelación fue presentada por el propio hombre señalando que el banco con el que contrajo los préstamos debita automáticamente el monto de las cuotas, lo que provocó que hasta el momento no hubiera incumplido con los pagos.

Pero cada vez que el banco le descuenta la plata no le queda al hombre plata en mano para vivir. Los descuentos que realiza la entidad bancaria corresponden al pago de la tarjeta de crédito y por las cuotas de los préstamos personales obtenidos. Estos descuentos obstaculizan -dijo- el pago de servicios básicos y productos para su subsistencia y la de su familia.

En consecuencia, comenzó a financiar la adquisición de productos de consumo con la tarjeta de crédito con la que también comenzó a pagar impuestos. Y cuando no le alcanzó para pagar la tarjeta optó por pagar el mínimo de cada resumen, lo que agravó su situación pues se sumaron intereses a la deuda de la tarjeta, lo que provocó que el banco le otorgara un crédito para pagar esta deuda.

La quiebra por pedido propio está contemplada en el tercer supuesto del artículo 77 de la ley 24522.

En el caso es el propio deudor quien solicito se declare su propia quiebra para poder superar el estado de desequilibrio económico.

Las juezas María Inés Casey y María Silvina Domínguez de la Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial señalaron que en el caso se encuentra en discusión la configuración del requisito objetivo, esto es el estado de cesación de pagos.

La cesación de pagos es el estado de impotencia patrimonial para satisfacer con medios regulares las obligaciones inmediatamente exigibles. Sus notas características son la permanencia y la generalidad.

El artículo 78 de la misma ley dispone que el estado de cesación de pagos debe ser demostrado por cualquier hecho que exteriorice que el deudor se encuentra imposibilitado de cumplir regularmente sus obligaciones.

Y recordaron que el hombre que pidió la quiebra voluntaria cobra un haber del Estado provincial.

Por un problema familiar el hombre a mediados de 2021 recurrió al préstamo bancario, sin haber podido acceder a una refinanciación acorde a su sueldo. Y sin plata en mano siguió endeudándose, incluso en otras entidades.

Para las juezas la situación encuadra en el «sobreendeudamiento del consumidor». Citaron que «la Constitución, al tutelar a los consumidores, obliga a sostener una interpretación coherente del principio protectorio, que en el caso se refiere, concretamente, al problema del ‘sobreendeudamiento’. El sobreendeudamiento es la manifiesta imposibilidad para el consumidor de buena fe de hacer frente al conjunto de deudas exigibles».

Consideraron entonces que en el caso «se encuentra configurado el requisito objetivo que habilita a la apertura del procedimiento falencial solicitado por el apelante.»

Al momento de presentar su pedido de quiebra voluntaria el hombre argumentó adeudar dos millones de pesos al banco cuyo cumplimiento le consume el 56 por ciento del total del sueldo que percibe y el saldo restante lo consumen los vencimientos de la tarjeta de crédito. Y para afrontar este desequilibrio sigue tomando nuevos créditos lo que hace que el endeudamiento sea insostenible.

Consideraron las juezas acreditado el estado de «insuficiencia patrimonial del deudor para hacer frente a sus obligaciones, pues si bien es cierto que el solicitante de la quiebra no se encuentra en mora respecto del banco, la prueba aportada demuestra que se halla en una crítica situación económico-financiera de sobreendeudamiento que puede afectar tanto su integridad personal, como la de su grupo familiar; situación ésta que torna aplicable el principio protectorio al que aludía la Corte Suprema de Justicia de la Nación».

Al revocarse la sentencia cuestionada por el hombre, la causa fue remitida al juzgado de primera instancia para que proceda a la apertura de la quiebra voluntaria solicitada. Y por la situación argumentada, el hombre no pagará las costas del proceso.

«A veces no se controla si la persona puede pagar»

«Muchas veces no se controla la forma de otorgar los créditos o si la persona tiene capacidad para pagar», indicó la subsecretaria de Defensa del Consumidor de la Municipalidad, Emilia Calmejane.

La funcionaria explicó la necesidad de brindar consejos a los consumidores a los fines de evitar caer en estas instancias de sobreendeudamiento. Esos aspectos son abordados por la Municipalidad de Salta en diferentes talleres con los vecinos.

  Emilia Calmejane.

El último se llevó a cabo en el SUM del Centro Cívico Municipal bajo el nombre «Derecho del consumidor y sobreendeudamiento».

Estuvo a cargo de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor del municipio conjuntamente con la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Católica de Salta (Ucasal).

En la actividad, de la que participaron cerca de 50 personas, se brindó información sobre la problemática que genera el sobreendeudamiento, por la situación económica que se vive en el país. También se trató sobre la responsabilidad de los bancos, por otorgar créditos sin verificación correspondiente ni responsabilidad en muchos casos.

Además, durante la jornada se anunció que se dictará este taller en los diferentes dispositivos municipales, para que los vecinos de diferentes zonas del municipio puedan participar y consultar.

«Con este tipo de talleres llevamos información y garantizamos la educación para el consumo, que es una de las disposiciones que establece la Constitución nacional», indicó Calmejane.

«Estamos muy contentos de poder seguir llevando formación a los vecinos de la ciudad, descentralizando esta actividad sobre temas que hoy son trascendentales para los salteños como es la problemática del sobreendeudamiento que afecta a tantas familias, teniendo en cuenta la situación de alquileres, cuotas de colegios privados, alimentos y todo lo que hace la vida cotidiana del vecino», finalizó Calmejane.

f:Tribuno