viernes, septiembre 20

AFIP intimó a más de 5.000 contribuyentes a incluir la compra de dólar MEP en sus declaraciones juradas

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Según indicó el ente regulador quienes hayan adquirido dólares financieros deberán deducirlos en Ganancias y Bienes Personales, para “incumplimientos fiscales”. 24 mayo, 2023

En las últimas horas la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), notificó a unos 5.780 contribuyentes para que incluyan la compra de moneda extranjera en su presentación de declaraciones juradas determinativas y el pago del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales.

Según indicó el ente recaudador que preside Carlos Castagneto, con esta nueva medida se “busca evitar diversas situaciones que podrían derivar en incumplimientos fiscales”.

Es que durante los primeros meses del 2023, las bases de datos del organismo permitieron advertir transacciones de compraventa de moneda extranjera mediante adquisición y liquidación de bonos en cuentas locales y en el exterior, popularmente conocidas como “dólar MEP” y “contado con liquidación” (CCL).

De este modo, el organismo fiscal identificó a 5.780 contribuyentes que, durante el período fiscal 2022, concertaron estas operaciones por montos individuales que superaron los 50.000 dólares.

Generando un total de divisas adquiridas, por esta vía, de US$1160 millones, lo que representa 205.310 millones de pesos al tipo de cambio oficial de cierre del año pasado y deberían verse reflejadas en las declaraciones juradas correspondientes a ese período.

A partir del entrecruzamiento de datos, la AFIP remitió notificaciones electrónicas a los sujetos involucrados, con el objeto de que consideren correctamente tanto el origen de los fondos utilizados para realizar dichas operaciones, así como su íntegra declaración y correcta valuación, de cara al vencimiento de junio de la presentación de las declaraciones juradas determinativas y el pago de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales.

“En primer lugar, apuntan a que no se hayan hecho con dinero negro. En esos casos sería un incremento patrimonial no justificado. Y, si es con dinero blanco, la idea es que declaren correctamente el pase de pesos a dólares. Los títulos públicos están exentos de pagar bienes personales, pero el dólar billete no”, indicaron desde el área recaudatoria nacional.