La fiscalía pidió la indagatoria de Victoria Donda por el escándalo con su empleada doméstica

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La titular del INADI quedó en el centro de la polémica luego de ofrecerle un cargo en la institución que lidera a una persona que trabajaba en su domicilio particular.

En las últimas horas, el fiscal Guillermo Marijuan realizó un pedido al juez federal Sebastián Casanello para citar a indagatoria a Victoria Donda, tras haberle ofrecido a su empleada doméstica un cargo en el INADI, como método de pago por una deuda sin saldar.

La denuncia contra Donda fue presentada el 29 de diciembre pasado por el abogado de Arminda Banda Oxa, la empleada que le reclama a Donda, además, que no la hubiera registrado en blanco durante su relación laboral.

En uno de los mensajes que le envió la funcionaria a Banda Oxa -uno de los presentados en la denuncia penal-, se destacaba la posibilidad de obtener un cargo en el INADI: “Decime qué querés hacer y si te puedo ayudar en algo con lo de tu hermana. También podemos ver un contrato en el Inadi”, le dijo Donda a su empleada.

En otro de los diálogos, repasa el dictamen, Donda escribió: “Si claro lo que te estoy diciendo que se te puede anotar en un plan o algo podemos ahí anotarte. Necesito que vos me digas eso (…) renuncias porque hay que darte de baja para poder anotarte en un plan y después se puede pagar para que saques la jubilación pero yo también necesito resolver eso (…) mi novio que entiende (…) y entiendo también que necesitas la plata. Los planes están cobrando más o menos $10.000 y la contraprestación puede ser cerca de tu casa”.

En el dictamen al que accedió Infobae, el fiscal Marijuan promovió el llamado a indagatoria de Donda. “Resulta inequívoco el beneficio que la imputada pretendía obtener al ofrecer gestionar a la Sra. Banda Oxa un contrato en el INADI, organismo que se encontraba a su cargo, o un plan social, y esto es, tal como se viene sosteniendo, la posibilidad cierta y concreta de dar por finalizada toda pretensión de reclamo laboral por la deuda existente en cabeza de la imputada”, sostuvo el fiscal.

Y en ese contexto, el dictamen afirmó: “Al momento de valorar el accionar reprochado a Donda no se encuentra en discusión si, de haberse concretado, la señora Banda Oxa reunía las condiciones necesarias para ser beneficiaria de un plan social y/o para desempeñarse en un cargo en el INADI. Lo que aquí se cuestiona es el hecho de que ello no respondiera a satisfacer el interés de la administración pública sino aquel particular de la imputada. La motivación de la actividad de Donda fue valerse de recursos públicos para evitar afrontar una deuda personal”.

“La señora Banda Oxa testificó en forma detallada las alternativas por las que transcurrió, a lo largo de los años, el vínculo laboral con Donda, caracterizado por la informalidad y la falta de cumplimiento del régimen laboral vigente por parte de la imputada, y que culminara con reducciones de sueldos y retrasos en sus pagos durante los meses que rigió el ASPO dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional con motivo de la pandemia por el coronavirus Covid-19. En este contexto, la contratación de la señora Arminda Banda Oxa en el INADI no encuentra justificación alguna en los fines y objetivos de la función pública sino que aparece como el recurso utilizado por la imputada para neutralizar las acciones que, con motivo de aquella contingencia, pudieran iniciarse en su contra”, se resaltó.

Y añadió: “Resulta incuestionable, a la luz de la prueba reunida, la existencia de una contingencia de índole laboral que era conocida por la imputada Donda, con independencia de la formalización –sea judicial o extrajudicial- de reclamo alguno. Ello así, en función de las irregularidades que detentaba la relación laboral que la vinculaba con Arminda Banda Oxa y el estado de quiebre de ese vínculo producto de los reclamos de ésta a los incumplimientos legales y laborales de su empleadora”.

Así mismo, el fiscal destacó que “más allá de que la ley se repute conocida por todos, la condición de abogada de la imputada, y la posición jerárquica que desempeña en la función pública desde su actual rol como Interventora del INADI y anteriormente como Ministerio Público de la Nación Diputada Nacional, permiten afirmar el conocimiento alegado con mayor énfasis y certeza”.

Entre otros puntos, Marijuan remarcó que Donda está al frente del INADI, “organismo que vela por el respeto de los derechos y garantías de todas las personas que habitan la Argentina, le exigía un comportamiento privado coherente con los preceptos que predica desde su rol funcional”. Y, remarcó: “La conducta que se le reprocha en esta causa, lejos está de velar por el bienestar y derechos de su empleada que resulta una mujer vulnerable, en una situación económica apremiante y ante un escenario particular frente a la pandemia”.

“Frente a lo gravoso de la situación traída a conocimiento de esta jurisdicción, no puede dejar de hacerse mención al concepto de ‘corrupción’. En este sentido, en nuestro idioma, la palabra “corrupción” o “corruptela” se define como toda mala conducta o abuso, especialmente los contrarios a la ley. Habrá de cobrar especial relevancia las disposiciones de la “Convención Interamericana contra la Corrupción” toda vez que la misma contiene normas que resultan esenciales al momento de interpretar los diversos actos de corrupción, entre ellos, las negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas”, añadió.