No es para todos: a quiénes no podrán cortarle la luz ni el agua en Salta

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La medida ya fue publicada en el Boletín Oficial y rige hasta septiembre de este año.

No es para todos: a quiénes no podrán cortarle la luz ni el agua en Salta

Este miércoles, el Ente Regulador de los Servicios Públicos publicó una resolución en el Boletín Oficial que se establece la suspensión de cortes de los servicios de energía eléctrica y de agua potable, con términos y alcances de las decisiones de la Nación. La medida no es general y alcanzará solo a algunos de sus usuarios.

La abstención de cortes de servicios se extenderá por 180 días corridos hasta el 20 de septiembre.

Los residenciales alcanzados por la suspensión de los servicios son: beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo, las Pensiones no Contributivas cuyos ingresos brutos no superen dos veces el salario mínimo, vital y móvil. Los registrados como Monotributo Social, jubilados, pensionados y monotributistas y empleados en relación de dependencia que tampoco superen dos salarios mínimos.

Quienes perciben seguro de desempleo, electrodependientes, usuarios en el régimen especial de Seguridad Social para empleados de casas particulares y los exentos en el pago de ABL o tributos locales, también son contemplados dentro de la imposibilidad de interrupción de servicios.

En cuanto a los no residenciales la medida alcanza a micro y PyMes, a cooperativas de trabajo o empresas recuperadas, a las instituciones de salud y a entidades de bien público que contribuyen en el marco de emergencia alimentaria.

La resolución del Ente además establece que rige el principio de informalismo a favor del administrado y de beneficio a favor del usuario en caso de duda.