domingo, octubre 6

AFIP: cómo acceder al pago adelantado de un importante impuesto

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Atención contribuyentes, luego de la aprobación del Paquete Fiscal llegaron normativas que deben tener en cuenta. ¿De qué se trata y cómo es el trámite?

AFIP: cómo acceder al pago adelantado de un importante impuesto

AFIP: cómo acceder al pago adelantado de un importante impuesto

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó que se mantendrá un régimen de pago adelantado relacionado con los Bienes Personales con grandes beneficios para las personas.

¿De qué se trata el denominado Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales (REIBP)? fue sancionado por el Congreso nacional a fines de junio junto con la Ley de Bases, que también incluye una moratoria provisoria, el polémico blanqueo de capitales, cambios al Impuesto a las Ganancias, al Monotributo, entre otras modificaciones.

Es una de las herramientas claves para el blanqueo ya que aliviana las cuotas de los Bienes Personales y brinda seguridad jurídica a quienes están anotados. A partir de las adhesiones de los usuarios, el Gobierno nacional tendrá la posibilidad de recaudar capital y lograr el déficit cero que es bandera de Javier Mieli.

Este pago adelantado permite abonar cinco años este régimen con una alícuota del 0,45% sobre el total de su patrimonio, lo que llama la atención a los monotributistas dado que en la actualidad está entre el 0,5% y un 1,75%.

Los beneficios de realizar el pago adelantado

Quiénes pueden pagar por adelantado podrán ingresar al Impuesto de Bienes Personales entre los años 2023 hasta el 2027, con la cuota reducida de 0,45% a 0,5%. De esta manera, la AFIP detalló en el comunicado que el propósito es «quedará alcanzado por el beneficio de estabilidad fiscal» ideado por el Ministro de Economía, Luis Caputo y el Ministro de Desregularización, Federico Strurzenegger.

Según sus diferentes bienes se les sustituya del régimen especial de Bienes Personales a un impuesto adelantado, queda conformado de la siguiente manera:

  • Bienes no regularizados por el Régimen de Regularización de Activos del Título II de la Ley N° 27.743 (blanqueo): períodos fiscales 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027.
  • Bienes regularizados por el Régimen de Regularización de Activos del Título II de la Ley N° 27.743 (blanqueo): períodos fiscales 2024, 2025, 2026 y 2027.

Las fechas claves para acceder al Régimen Especial

El organismo tributario a cargo de Florencia Mishari dispuso presentar y pagar las declaraciones juradas en las siguientes fechas en base al CUIT:

  • Para los cuits terminados en 0, 1, 2 y 3: lunes 26 de agosto, inclusive
  • Para los cuits terminados en 4, 5 y 6: martes 27 de agosto, inclusive
  • Para los cuits terminados en 7, 8 y 9: miércoles 28 de agosto, inclusive.

Para poder realizarlo, se deberá confeccionar la declaraciones F 3337 a través del “ Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales” del sitio web de la AFIP. Cabe destacar que quienes pueden adherirse será desde el 7 de octubre del 2024 hasta el 31 de marzo del 2025.

Quiénes pueden adherir al REIBP

Según los requisitos de la administración, las siguientes personas serán beneficiadas:

  • Las personas humanas que, al 31 de diciembre de 2023, revestían la condición de residentes fiscales en la República Argentina;
  • Las sucesiones indivisas radicadas en el país al 31 de diciembre del 2023;
  • Las personas humanas que al 31 de diciembre de 2023 no revestían la condición de residentes en el país, pero hayan revestido tal condición antes de esa fecha.

Los requisitos para formar parte

Para los argentinos que estén inscriptos en la AFIP deberán cumplir requisitos para acceder al pago adelantado de los Bienes Personales:

  • Poseer un CUIL o CUIT con estado administrativo que debe estar: «Activo: sin limitaciones», «Limitado por Falta de Inscripción en Impuestos/Regímenes», «Limitado por Falta de Presentación de Declaración Jurada», «Limitado por Falta de Movimiento y Empleados en Declaración Jurada» o «Limitado por incumplimiento a las Acciones de Control Electrónico»;
  • Poseer la correspondiente Clave Fiscal, con nivel de seguridad 3 como mínimo;
  • Declarar y mantener actualizado ante AFIP el domicilio fiscal;
  • Tener actualizado el código de la actividad desarrollada de acuerdo con el «Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) – Formulario N° 883»;
  • Poseer Domicilio Fiscal Electrónico, con la debida registración de una dirección de correo electrónico y un número telefónico.

Las alícuotas que ofrece

Una vez realizada la inscripción hasta el 30 de septiembre, se deberá abonar un pago inicial al régimen. De esta manera se prosigue así “se considerarán los bienes existentes en el patrimonio del contribuyente al 31 de diciembre de 2023” de ese monto se retrae el mínimo no imponible de los Bienes Personales. De esta manera, se señala lo siguiente “a dicho monto se le aplicará, previa detracción de los conceptos enunciados, la alícuota del 75%, para determinar la suma a ingresar en concepto de pago inicial».

Este monto se multiplicará por cinco y a esa suma se aplicará la alícuota del 0,45%. Una vez cancelado por completo el adelanto del nuevo régimen, el pago inicial se reducirá por la plataforma oficial de la AFIP y por último “los créditos fiscales, anticipos, pagos a cuenta -incluyendo retenciones y percepciones sufridas- y saldos a favor de libre disponibilidad del impuesto sobre los Bienes Personales computables en el período fiscal 2023, podrán descontarse a los fines de la determinación del pago inicial o pago final del impuesto”.