Juicio político a Alberto Fernández: incumplimiento y delitos contra la seguridad pública por la fiesta en Olivos

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Algunos especialistas confirman los argumentos que sostienen desde la oposición Tras filtración de la foto que se tomó la primera dama Fabiola Yañez junto al presidente Alberto Fernández y un grupo de amigos durante el festejo por su cumpleaños en plena cuarentena en 2020 desobedeciendo el DNU vigente desató un escándalo y la oposición se mantiene firme en el pedido de juicio político al mandatario.

“No hay que forzar nada para expresar que hubo un mal desempeño manifiesto para llevar adelante un juicio político”, dijo en diálogo con CNN Radio el constitucionalista Daniel Sabsay.

Sabsay dijo que “hay una falta de decoro de una figura tan relevante como la del presidente. Las fotos que se vieron son de un descaro y una falta de consideración pocas veces vistas”. también subrayó que “hay otro elemento en este caso que es la mentira. El propio presidente transmitió un comunicado de prensa por el cual se informaba que la primera dama (Fabiola Yáñez) iba a ser un festejo virtual (con motivo de su cumpleaños), pero no fue cierto”. “El Presidente cuando jura se compromete a hacer cumplir la Constitución y él ha incumplido de manera manifiesta”, aseveró también el constitucionalista para el diario Clarín.

Tras filtración de la foto que se tomó la primera dama Fabiola Yañez junto al presidente Alberto Fernández y un grupo de amigos durante el festejo por su cumpleaños en plena cuarentena en 2020 desobedeciendo el DNU vigente desató un escándalo y la oposición se mantiene firme en el pedido de juicio político al mandatario.

“No hay que forzar nada para expresar que hubo un mal desempeño manifiesto para llevar adelante un juicio político”, dijo en diálogo con CNN Radio el constitucionalista Daniel Sabsay.

Sabsay dijo que “hay una falta de decoro de una figura tan relevante como la del presidente. Las fotos que se vieron son de un descaro y una falta de consideración pocas veces vistas”. también subrayó que “hay otro elemento en este caso que es la mentira. El propio presidente transmitió un comunicado de prensa por el cual se informaba que la primera dama (Fabiola Yáñez) iba a ser un festejo virtual (con motivo de su cumpleaños), pero no fue cierto”. “El Presidente cuando jura se compromete a hacer cumplir la Constitución y él ha incumplido de manera manifiesta”, aseveró también el constitucionalista para el diario Clarín.

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El especialista en Derecho Constitucional Felix Lonigro explicó al diario el punto de vista penal de la situación. “En este caso es la misma autoridad que emitió la orden la que desobedece y tiene una pena de 6 meses a dos años, es un delito excarcelable”, explicó y agregó que el otro delito es “violación de los deberes de funcionario público”.

Según los artículos del código penal vigente, en el Artículo 205 se detalla que: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”. Y en el Artículo 248s se expresa que “Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”.